La Práctica del Musulmán

El musulmán (del árabe muslim) es quien vive según el Islam es decir quien se ha sometido a la Voluntad divina expresada en la Revelación y actúa según lo que ésta dispone. En lo cotidiano la condición de musulmán implica una serie de actos obligatorios:

1. Las oraciones diarias prescriptas,
2. El ayuno del mes de Ramadán,
3. El pago de una contribución sobre la riqueza
4. La peregrinación a los lugares santos donde transcurrieron los capítulos más importantes de la historia sagrada de la humanidad
5. El combate en defensa de la fe.

La oración

prescripta se realiza cinco veces al día y es, como dijo el Profeta, el pilar del modo de vida islámico. A través de ella el musulmán se dirige a su Señor sin intermediarios, desde cualquier lugar limpio y tranquilo, en momentos claves de su jornada; y esta incesante renovación del vínculo que lo une al Creador lo mantiene limpio, lo aleja del error, como dice el Generoso Corán: «Por cierto que la oración preserva de la iniquidad y la obscenidad» (29:45).

El ayuno obligatorio se realiza durante todo el mes de Ramadán, noveno del calendario lunar islámico. Consiste en la abstención rigurosa de comida, bebida y otras satisfacciones sensuales durante las horas de luz diurna. Esta práctica, que siempre formó parte de la enseñanza divina («Se os ha prescripto el ayuno como fue prescripto a quienes os precedieron... », 2:183) tiene enormes beneficios para el alma y el cuerpo. Educa al hombre en la paciencia y el sacrificio, equipara a ricos y pobres en el hambre y la sed y, sobre todo, apartando al alma de sus apetencias cotidianas y automáticas, la hace volverse hacia lo sublime y la vuelve humilde y agradecida.

La contribución o caridad (zakat) es un reconocimiento de que toda riqueza y provisión emana de Dios, y de que somos responsables ante El por el uso que hacemos de aquello que nos dio. La caridad purifica la riqueza y es para los pobres, los necesitados, y para las obras de bien y la causa de la fe.

La peregrinación es para el musulmán como un retomo al origen, una recreación de la historia sagrada, una anticipación del Día del Juicio, un sacrificio en procura de la indulgencia divina. La historia de Adán y Eva, de Abraham e Ismael, y del Profeta Muhammad, con todos ellos sea la bendición de Dios, conoció hitos fundamentales en la sagrada ciudad de La Meca. Hacia allí se dirige el creyente a buscar el significado último de su existencia y del género humano y en procura del perdón de Dios.

El combate o esfuerzo por la causa de Dios, es la defensa activa de la fe ,de su modo de vida ,y de la justicia que dispone.

Y esta combate (Yihad) solo es lícito en legítima defensa de estos valores fundamentales para el individuo y la comunidad .Todo verdadero musulmanes entonces un muyáhid, un combatiente, alguien que se esfuerza por el bien y la justicia, con la palabra o con los hechos ,tanto en su sociedad como en la intimidad de su alma .

A estos pilares básicos de la conducta islámica se suman muchos otros, pues el Islam propone una ética, una conducta integral y perfecta derivada del ejemplo de los Profetas, a la cual no escapan ni los actos más pequeños.

Cuestiones prácticas de la mujer

I- BAÑO COMPLETO INTEGRAL:
Baño completo integral se le dice a la acción de introducir el cuerpo completo dentro del agua con la intención de realizar la purificación; y después de sumergir todo el cuerpo en el agua con la intención de realizar el baño completo este será válido y para su realización deberá ser en un lugar en el cual el agua lo cubra por completo y esta purificación (baño) no puede ser realizada bajo la regadera, ducha o parecido a éstas. (Touzih al Masaael Cuestionario 367 y 368).

II- BAÑO COMPLETO POR ETAPAS:
En el baño completo por etapas deberá primeramente con el propósito de realizar su purificación (baño) lavar la cabeza y el cuello, después la parte derecha y después la parte izquierda del cuerpo y para que la persona esté completamente segura que cada parte del cuerpo fue lavada completamente en la forma debida, deberá lavar un poco más de lo obligatorio y como precaución preferible es que lave la parte derecha del cuello cuando lava la parte derecha del cuerpo y la parte izquierda del cuello cuando lava la parte izquierda del cuerpo y en caso de que por ignorancia o por olvido o intencionalmente no realice su baño completo en la forma dicha con anterioridad este queda anulado (o sea que la cabeza y el cuello, luego la parte derecha del cuerpo y finalmente la parte izquierda del mismo) (Touzih al Masaael Cuestionario 361-362 y 363)

NOTAS:
* El baño completo “Yabireh” es como la ablución “Yabireh” pero es obligatorio hacerlo por etapas, porque si se hace el baño completo en forma integral (por inmersión) este no será válido. (Touzih al Masaael Cuestionario 339).
* En algunos casos el baño completo deberá llevarse a cabo en forma integral y en otros casos deberá llevarse a cabo por etapas y fuera de estos casos específicos, la persona puede tomar al gusto de uno los baños completos ya sea por etapas o integral.

A continuación se mencionan algunos casos en los cuales solamente deberá llevarse a cabo el baño completo por etapas:
a) Alguien que está en ayuno obligatorio o se ha preparado para llevar a cabo su Hayy obligatorio u optativo y quiere realizar su baño completo podrá únicamente hacerlo por etapas y en caso de que lo haga integral este no será válido a menos que sea por olvido (Touzih al Masaael Cuestionario 371)
b) En caso de que tenga alguna herida en el cuerpo (ya sea enyesado, entablillado, vendado o con curación) deberá realizar su baño completo por etapas y en caso de que lo realice integral este no será valido (Touzih al Masaael Cuestionario 339)

Hay veces que sólo puede realizarse baño completo integral como cuando tiene poco tiempo para realizar sus oraciones y no tiene tiempo para realizar un baño completo por etapas, ya que su realización le toma menos tiempo (Urwatal Wozqua Tomo I pag.296 “Modo de realizar el baño completo” Cuestionario 20)

BAÑOS DE PURIFICACIÓN ESPECÍFICO PARA LAS PÚBERES Y MUJERES

Existen tres baños obligatorios para las mujeres, a saber:
* Baño por menstruación (Heid)
* Baño por Istehadah.
* Baño de post parto (Nafas)
cuya causa es motivada por la salida de sangre del útero, y cada una de estos tipos de sangre, según los momentos y las causas que las producen obedecen a normas específicas.

BAÑO POR MENSTRUACIÓN (PERIODICA)

Cuando se corta el flujo de sangre menstrual, la mujer deberá realizar el baño de purificación para poder realizar la oración y otras acciones que requieren purificación “taharah”

PARTICULARIDADES DE LA SANGRE MENSTRUAL

No se ve antes de la pubertad, y si una niña ve sangre antes de la pubertad, esta no es considerada menstruación. (Es posible que una niña sea púber pero no tenga menstruación regular debido a diferentes factores: la comida, el agua, el clima, etc. que ejercen un efecto. Generalmente se considera que la pubertad llega a los 12 o 13 años).

NORMAS A SEGUIR EN EL PERÍODO DE MENSTRUACIÓN

Durante este período es “haram” (pecado), realizar algunas prácticas devocionales.
* La oración y la circunvalación a la Kaaba
* Las prácticas que son “haram” para la persona que se encuentra en estado de polución, como por ejemplo quedarse en una mezquita, etc. (lo veremos más adelante)
* Tener relaciones sexuales, tanto para el hombre como para la mujer es “haram”.

En los días del período menstrual, la mujer no debe realizar las oraciones diarias ni realizar el ayuno. No debe recuperar luego de este período las oraciones no realizadas pero sí los ayunos del mes de Ramadán que no haya podido realizar por este motivo.

Las mujeres descendientes del Profeta Muhammad (BP), a quienes se las denomina Saiidah, luego de los 60 años, y el resto de las mujeres, luego de los 50 años, no tienen más menstruación, y si continúan viendo sangre luego de esa edad, ésta no es considerada menstruación.

El período menstrual no dura más de diez días y si el flujo de sangre prosigue por más de diez días, la sangre que se ve después del día décimo no es considerada menstruación.

El flujo debe tener continuidad durante los primeros tres días, pero si, por ejemplo, durante dos días ve sangre, pero de repente se corta, y un día después vuelve a ver sangre, la menstruación no se debe considerar desde el primer día. Es condición necesaria ver sangre durante tres días seguidos, permanentes e ininterrumpidos para que sea considerada menstruación.

El lapso que debe transcurrir entre dos menstruaciones debe ser, por lo menos diez días, pero, si luego de terminar el período, vuelve a ver sangre antes de que se cumplan diez días, la sangre que ve en el segundo período no es considerada menstruación.

Características de la sangre de la menstruación:
Generalmente es:
* Espesa
* Caliente
* Rojo vivo
* Desciende con presión caliente
MODALIDAD DEL FLUJO SANGUÍNEO
RESPONSABILIDAD

1- Hasta el momento no tuvo menstruación regular como por ejemplo las niñas que por primera vez tuvieron sangre de menstruación.

2- No es la primera vez que tiene menstruación pero todavía no se regularizó.

3- Su flujo de sangre periódico, en cuanto al nº de días es regular. Por ejemplo, siempre, luego de 5 días se
Corta pero, desde el punto de vista del Comienzo de la menstruación no es Estable.
En estos tres casos, si desde el comienzo del flujo sanguíneo tiene las características de Menstruación, deberá considerarla como tal y cumplir de acuerdo a lo Que indica la Jurisprudencia Islámica al respecto.

4- Su flujo de sangre periódico, no es regular en cuanto al nº de días, por ej., a veces, luego de cinco días se corta el flujo sanguíneo y otras veces, luego de 6 días, pero el momento del comienzo del mismo es regular. Por ej, siempre, 25 días luego del retiro de la última menstruación, vuelve a ver el flujo sanguíneo.

5- El flujo de sangre periódica es regular tanto en la cantidad de días de duración como en el día del comienzo del mismo.
Ej: todos los 20 de cada mes comienza El flujo sanguíneo y luego de cada cinco Días siempre se corta.
En ambos casos, debido a que el comienzo de la menstruación es Particular, desde el comienzo del flujo debe considerarse Menstruación y cumplir según la Jurisprudencia Islámica.

6- Tiene regularidad en la menstruación pero, ha olvidado el día Si tiene todas las señales del flujo sanguíneo periódico, se lo debe considerar menstruación y seguir las instrucciones según la Jurisprudencia Islámica.

RESPONSABILIDAD DE LA MUJER LUEGO DE LA SUSPENSIÓN DEL FLUJO DE LA SANGRE

1- Luego de que finalice el período y se corte el flujo sanguíneo, la mujer debe realizar el “Gusl Heidd” o purificación de menstruación y volver a cumplir con las oraciones diarias y el resto de las obligaciones y adoraciones.
2- “Gusl Heidd” no tiene ninguna diferencia con el “Gusl Yanabah” (o purificación por estado de polución), excepto en su intención.
3- El “Gusl Heidd” no es suficiente para poder realizar la oración, sino que además es necesario hacer la ablución correspondiente.

GUSL-BAÑO COMPLETO

A veces es necesario realizar el baño completo para rezar (o para cualquier otro acto que requiera del wudú o ablución).
Gusl significa lavar todo el cuerpo con la intención de acercarse a Diosa través de este acto. Ahora explicaremos los casos en que se debe realizar el Gusl.

CLASIFICACIÓN DE LOS BAÑOS OBLIGATORIOS

A- Para los hombres y mujeres: - Por polución
- Por tocar a un muerto
- Muerto

B- Específicos de las mujeres: - Menstruación
- Istihadah
- Nafas (Post-parto)
Luego de presentar y clasificar el “gusl” (baño completo) nos dedicaremos a explicar las cuestiones de cada uno de los “gusl” obligatorios:

* Gusl por estado de polución:
1- ¿Cómo y cuando se considera que está en estado de polución?

Actos de Yanabah
a- Secreción vaginal:- sea poco o mucho
- sea dormida o despierta.
b. Relación sexual: - sea lícita o ilícita
- sea que salió o no esperma o secreción vaginal.

2- Si hay movilización de esperma, pero no sale afuera, no se entra en estado de polución.
3- La mujer que sabe que salió líquido o sabe que aquello que sale es debido a la relación sexual, entra en estado de polución y debe realizar el Gusl.
4- La mujer que no sabe si el líquido que salió es o no de la vagina, en caso de haberse producido luego del placer, entra en estado de polución, y si no posee las características propias del líquido o no sabe si es éste o no, no es considerado yanabah y no es necesario el Gusl.
5- Es preferible que la persona, luego de una relación sexual, haga sus necesidades fisiológicas, y si no las hizo y luego de realizarse el baño completo sale una secreción que no sabe si es la secreción vaginal u otro tipo de líquido, es considerado secreción vaginal.

Acciones prohibidas para la persona en estado de polución:
Tocar con alguna parte del cuerpo alguna letra del Corán o los nombres de Dios y por precaución obligatoria los nombres de los Profetas, los Imames y Fatima Zahrá (P).
Ir al Masyidil Haram (Meca) y Masyidil Nabi (BP) aunque sólo entre por una puerta y salga por la otra.
Permanecer en las mezquitas.
Dejar algo en una mezquita aunque sea desde fuera de la misma.
Leer las Suras del Sagrado Corán que tienen postergación aunque sea una sola palabra de ellas.
Permanecer en los Santuarios de los Imames (BP) por precaución obligatoria.

Suras que tienen posternación en el Sagrado Corán:
Sura Nº 32: Saydah “La Posternación”
Sura Nº 41: Fussilat “Han sido explicadas detalladamente”
Sura Nº 53: Naym “Las estrellas”
Sura Nº 96: Alaq “Sangre coagulada”
Si la persona “Yaneb” (en estado de polución) entra a la mezquita por una puerta y sale por otra (pasar sin quedarse) no está prohibido, a no ser que sea Msyidil Haram (Kaaba) y Masyidil Nabi que aunque sea pasar por allí está prohibido.
Si una persona destina un lugar de su casa especifico para realizar la oración ( o en su empresa u oficina) no es considerada una mezquita.

RESUMEN:
1- Los baños completos se dividen en dos grupos:
a- Comunes para mujeres y hombres
b- Específicos de la mujer.
2- Si sale líquido de los genitales es polución
3- La persona que sabe que ha entrado en estado de polución debe hacerse el Gusl “yanabah” y la persona que no sabe si está o no en estado de polución, el baño no es obligatorio para él.
4- Las siguientes acciones están prohibidas para el poluto:
* Tocar escritos coránicos, el nombre de Dios, los Profetas, los Imames y Fátima Zahrá (P) y entrar en la Mezquita Sagrada y la Mezquita del Profeta y permanecer en otras Mezquitas.
* Leer Suras con posternación obligatoria.
* Dejar algo en una Mezquita.
* Pasar por una Mezquita sin permanecer en ella, entrando por una puerta y saliendo por otra no hay problema, excepto en la Mezquita Sagrada y la Mezquita del Profeta que está prohibido.

GUSL ISTEHADAH Y NAFAS

ISTEHADAH:
Otra de las sangres que, algunas veces, suele salir del útero de las púberes o mujeres es la sangre Istehadah. Esta sangre generalmente, es amarronada o amarillenta fría y sale sin fuerza y sin calor, no es espesa pero a veces puede aparecer muy colorida, caliente, espesa y salir con presión. (Taudih al Masa’il 392)
“A la mujer que tiene sangre de Istehadah se la denomina Mustahadah”

Clasificación de Istehadah:
La sangre de Istehadah según como sea su cantidad, se divide en tres clases:
Poca cantidad: Qalilah
Mediana cantidad: Mutauasat
Mucha cantidad: Kazirah
En base a esta clasificación, la responsabilidad de la mujer también es diferente.

Responsabilidad de la Mustahadah Qalilah:
Si el flujo sanguíneo mancha sólo una parte del apósito, penetrando en su interior, pero no llega hasta la otra cara del mismo, es Qalilah y la mujere debe, para poder orar lavar las zonas de su cuerpo que se encuentren impuras, cambiar su apósito y realizar la ablución. Por lo tanto, el Istehadah Qalilah no tiene “Gusl” o “Tara” o purificación con baño completo. (Taudih al Masa’il 393, 394)

Responsabilidad de la Mustahadah Mutauasat:
Si la sangre es de tal cantidad que penetra al interior del apósito y se ve del otro lado del apósito, pero no mancha su vestimenta o ropa interior, es Istehadah Mutauasat y la mujer debe, para poder orar, además de cumplir con las responsabilidades mencionadas para el Istehadah Qalilah efectuar el “Gusl” para aquella oración que, previo a ella, haya estado en Istehadah Mutauasat y mientras continúe este tipo de flujo sanguíneo deberá todos los días realizar esta purificación completa antes de esta oración. (Según el Ayatollah Golpaiganí y Ju’i, en el Sitiada Mutauasat la mujer deberá realizar el “Gusl” antes de la oración del Fayr- Art. 401). Por lo tanto, en el Istehadah Mutauasat, realizar un “Gusl” por día es suficiente, pero cuando se corte el flujo sanguíneo también debe realizar el “Gusl”. (Taudih al Masa’il art. 393, 395)

Responsabilidad de Mustahadah Kazirah :
Si el flujo sanguíneo, en cuanto a cantidad, es tal que penetró el apósito, y pasó hacia la otra cara del mismo y también manchó la ropa o ropa interior, es Istehada Kazirah y la mujer deberá realizar para cada oración diaria, además de las responsabilidades mencionadas para el Istehadah Qalilah, un “Gusl”, pero si realizare la oración del mediodía (Duhur) y la tarde (‘Aser), una tras otra, y no pasa mucho tiempo, realizar un solo “Gusl” para ambas es suficiente asimismo para las oraciones del ocaso (Mugrib) y la noche (‘Ishá). (Taudih al Masa’il art. 396)

Algunos Mas’alah (arts. de Jurisprudencia):
1- Mustahadah Mutauasat también debe realizar el “Gusl” cuando cese el flujo sanguíneo.
2- El “Gusl” por Istehadah no tiene diferencia con otro “Gusl” que deben realizarse por otros motivos, excepto en su intención.
3- No es suficiente realizar el “Gusl” por Istehadah para realizar la oración, sino que además de éste se debe hacer la ablución (udú) (Según Ayatollah Ju’í, en los casos de Istehadah Kazirah, el gusl es suficiente y no hace falta el udú. Art. 397)

Gusl Nafas: Baño por post parto (NAFAS):
El Gusl Nafas se hace por motivo del nacimiento de un hijo, y no se ve en otro momento, y la mujer debe realizarlo luego del flujo sanguíneo que existe después del parto.
1- Es posible que el flujo sanguíneo post parto, surja sólo por un momento o continúe durante algunos días, pero no deberá perdurar más de diez días, y si ello ocurriere, los días subsiguientes no son considerados como Nafas.
2- La mujer deberá, luego del cese del flujo sanguíneo post parto, realizar el “gusl Nafas”, comenzar a realizar las oraciones diarias y otras adoraciones. Por lo tanto, todas aquellas costumbres que se tienen en algunas regiones de esperar hasta los siete o diez días para realizar el gusl, a pesar de que el flujo sanguíneo se cortó antes, no son correctas, desde el punto de vista de la

Jurisprudencia. (Taudih al Masa’il art.515) N. de T: Asimismo, aquellas costumbres que se tienen en algunas partes de esperar la cuarentena, hasta que se corte el flujo, tampoco son correctas, ya que pasados los diez días, si continúa, se debe considerar Istehadah, y según su cantidad deberá reconocer a que tipo pertenece.
3- Todo lo que está prohibido para la mujer que está menstruando, también lo está para la mujer después del parto. (Taudih al Masa’il art. 513)
4- El “gusl Nafas”, no tiene ninguna diferencia con otros tipos de “gusl”, excepto en su intención. Para orar no es suficiente, sino que además del “gusl” deberá realizar el “udú”. (Taudih al Masa’il art. 391 y otros) (Según el ayatollah Ju’í, el Gusl Nafas es suficiente para orar y no es necesario realizar el udú)